La Ley Nº 24.557 establece que todas aquellas Empresas e Instituciones que cuenten con personal en relación de dependencia poseen la obligatoriedad de contratar la cobertura de Riesgos del Trabajo para ellos.
Esta Ley se ocupa de estimular la adopción de medidas preventivas de higiene, seguridad y medicina laboral a fin de evitar situaciones de peligro para el empleado.
Características de la cobertura:
- Cada empleador puede elegir libremente la ART o autoasegurarse
- La tarifa varía en función al riesgo de la actividad y el salario promedio
- La cobranza se realiza vía AFIP
- La vigencia del contrato es Anual
- La cobertura cubre eventos producidos en la empresa, un “Accidente de Trabajo” y/o “in itinere” (en el trayecto entre su domicilio y el trabajo o viceversa)